In memoriam Peter Ortiz Gustafson

Nos llega la noticia triste de que falleció a los 84 años el Lcdo. Peter Ortiz Gustafson, quien luego de una distinguida carrera como Juez Superior, formó parte del Tribunal Supremo de Puerto Rico entre los años de 1985 al 1990.

 

El que me conoce sabe que no acostumbro lamentar el fallecimiento de un juez porque haya sido juez. Por el contrario, sigo el decir del icónico abogado defensor norteamericano Clarence Darrow, quien afirmó en una ocasión: “Nunca he matado a nadie, pero no niego que hay algunas esquelas que he leído con auténtico placer.”

 

Peter Ortiz era diferente. Su ausencia nos entristece de veras porque al recordarle se pone de manifiesto que fue claro exponente de virtudes que desesperadamente hacen falta en la judicatura de hoy. Como juez superior, tanto en lo civil como en lo criminal, Ortiz dispensaba un trato afable y reposado a todas las partes y sus abogados. Era respetuoso, comedido y prudente. Nunca tenía prisa. Nadie podía imaginar que detrás de ese continente pausado y tranquilo trabajaba una ilustrada inteligencia que manejaba sin esfuerzo aparente una acendrada cultura jurídica. Más importante, Ortiz era un juez que tenía mucha, pero mucha “calle”. Esa abundante experiencia en la vida suavizó a un pulido muy fino su sensibilidad jurídica. El que tratara de pasarle gato por liebre invariablemente descubría, a veces dolorosamente, esa faceta. Simplemente era un buen juez que quería hacer las cosas bien.

 

Dado su continente humilde, taciturno y un tanto desgarbado en ocasiones, quien no lo conocía no podía imaginarse que Ortiz era hijo de un ilustre juez del Tribunal Supremo. Por ese abolengo, pertenecía a una aristocracia criolla que no lo tragaba con facilidad por su sensibilidad social, ese continente distraído y su individualismo desgarbado.

 

 

Cuando lo nombraron al Tribunal Supremo en 1990 se arquearon con incredulidad algunas cejas. Como que no iba con la “tendencia” del Tribunal, decían. La tendencia hacia el autoritarismo, hacia no escatimar lo punible mientras se regatea el mínimo alivio defensivo o humano, llámese principio de legalidad, Carta de Derechos, o como se llame.

 

Para esos días el Tribunal Supremo acababa de resolver una serie de casos que iniciaron una importante erosión de los derechos humanos que aún hoy continúa. En Pueblo v. Calderón Laureano,(1982) por ejemplo, de un golpe se amplió la figura del asesinato estatutario para hacer innecesario que el acusado (ni sus cómplices) matara a nadie para ser candidato a una perpetua. En Pueblo v. Castañón, resuelto el año siguiente, se borró dramáticamente la distinción que la razón exige entre intención criminal y negligencia. Las consecuencias de estas decisiones y otras del mismo talante repercutieron en el sistema judicial, y en la vida social, como un sismo. Cada vez que había un occiso, no importa la circunstancia, los fiscales comenzaron a imaginar cadenas de eventos, buscando a quién imputar un asesinato. Hubo muchas muertes sospechosas de coautores en contextos de robos o escalamientos fallidos que tenían un curioso aspecto de ejecuciones. (Total, si la muerte la va a pagar el acusado). Los fiscales empezaron a acusar de mutilación hasta en casos de accidentes de tránsito.

 

En medio de ese ambiente llegó al Tribunal Supremo Peter Ortiz. Y demostró mediante su gran aporte jurídico que lo que se pensaba de él era verdad. Él no iba con la “tendencia”. Tal vez fue por eso que sólo estuvo 5 años en el Tribunal.

 

Peter Ortiz intervino en un gran número de casos, haciendo siempre gala de un sentido humanista y práctico de la justicia. Entre esos muchos destacan dos: En Pueblo v. De Jesús Colón, 119 DPR 482, (1987) revocó la convicción de un hombre que fue acusado del delito de mutilación por su rol en un accidente de tránsito. Esta decisión dio paso a una reinterpretación restrictiva del caso de Castañón Pérez que lo hizo prácticamente inoperante.

 

En Pueblo v. Rivera Torres,121 DPR 128, hizo lo mismo con el caso de Calderón Laureano. En Rivera Torres (Dicho sea de paso, un caso de la SAL) Ortiz reinterpretó el razonamiento básico de responsabilidad civil tan mal aplicado en Calderón Laureano para introducir un elemento de causa interventora que limita grandemente la aplicación de esa doctrina. Ello no sólo representó la absolución de Rivera Torres de ese asesinato, sino que ha dado alivio a incontables otros.

 

Peter Ortiz no podía conseguir los votos para revertir la barbarie. Pero con su sentido práctico logró atenuarla significativamente. Sin duda la batalla fue dura, constante y probablemente frustrante. En 1990, justo a los 5 años, renunció a su puesto. Nunca dijo las razones. Su gestión en nuestro más alto Tribunal fue como un relámpago de luz en medio de la tiniebla. Brilló un instante y se apagó. Fue sucedido en el puesto por José Andreu García. El resto de la historia la conocemos.

 

Ortiz se convirtió en el único juez que se haya visto que llegó al Tribunal Supremo y cuando bajó de esas cumbres no tuvo ningún problema psicológico en agarrar de nuevo el maletín y volver al oficio de abogado en los tribunales. Con la misma tranquilidad de siempre.

 

Por muchos años fue una presencia familiar en los tribunales del área metro y otros. El mismo porte callado y tranquilo. La media sonrisa sardónica, inescrutable. La corbata estrujada. La chispa inteligente en los ojos. La cordialidad reservada.

 

Todo termina, y su estadía en este plano vital terminó. Su llama se apagó. Queda su legado como jurista acucioso y el ejemplo de su vida noble y sencilla. En esta época vil donde hacen tantísima falta más como él, dentro y fuera del estrado, lo echaremos de menos. Mucho.

 

Lcdo. Víctor Meléndez Lugo

Director

División de Apelaciones

Sociedad para Asistencia Legal

 

  • En la foto aparecen, de izquierda a derecha, los siguientes jueces del Tribunal Supremo: Federico Hernández Denton, Peter Ortiz Gustafson, Antonio Negrón García, Víctor Pons Núñez, Francisco Rebollo López, Miriam Naveira Merly, Rafael Alonso Alonso.

 

 

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