Category: Duda razonable
División de Asuntos Especiales y Remedios Postsentencia: servicios legales a la comunidad confinada
Como parte de los servicios profesionales que provee la Sociedad para Asistencia Legal, la División de Asuntos Especiales y Remedios Postsentencia, la cual cumple en estas fechas ya diez años, se concentra en la asesoría y representación de personas convictas en varias áreas del Derecho penitenciario y del Derecho penal. En efecto, es la única entidad que provee exclusivamente este tipo de servicios en nuestro país, pese a que la cifra de personas confinadas en instituciones penitenciarias asciende a más de 12,000, y existe otra cantidad notable de personas cumpliendo su sentencia mediante penas alternativas a la reclusión en nuestra jurisdicción. Por su relevancia en nuestro ordenamiento, dejamos por este medio una descripción somera de algunos de los servicios que provee esta División.
La División de Asuntos Especiales es una división especializada para velar por los derechos de las personas sentenciadas y encarceladas en los distintos centros penitenciarios del País. Como parte de nuestros deberes, llevamos procedimientos post sentencia ante los tribunales de justicia –entiéndase peticiones de nuevo juicio, ataque colateral de la sentencia y corrección de sentencia y habeas corpus.
Además, brindamos orientación, así como representación legal, a personas económicamente desventajadas que cumplen sentencia en una institución correccional o disfrutan de algún beneficio limitado alterno a la reclusión. Estos servicios se han extendido a procedimientos administrativos ante el Departamento de Corrección como: 1) liquidación de sentencia, 2) clasificación de custodia, 3) procedimientos disciplinarios internos de confinados, 4) bonificaciones, 5) remedios administrativos y 6) programas de desvíos.
Recomendación de libro: From the War on Poverty to the War on Crime (Elizabeth Hinton, 2016)
La histórica tensión de discriminación racial en Estados Unidos se ha visibilizado aún más durante estos pasados años. Los avances tecnológicos han provisto herramientas para documentar, publicar y difuminar con suma rapidez el racismo estructural que se manifiesta en no pocas intervenciones policíacas de extrema coerción y violencia. Este fenómeno que podemos ver cada semana en redes sociales, páginas interactivas de internet o en medios de comunicación cada vez más digitalizados, es la secuela de un racismo institucionalizado que hoy cobra la libertad y la vida de muchos ciudadanos y ciudadanas de la comunidad tanto afroamericana como latinoamericana. La historiadora Elizabeth Hinton ha trabajado críticamente el tema en nuestra contemporaneidad, y fruto de ello es el libro From the War on Poverty to the War on Crime. The Making of Mass Incarceration in America (Harvard, 2016).
En este interesante trabajo, la autora refutó el entendido hegemónico sobre el origen de la masificación carcelaria (mass incarceration) en la guerra contra las drogas de la administración de Ronald Reagan, y ubicó la génesis de ésta en los programas socialmente proteccionistas (social welfare programs) de la administración de Lyndon Johnson durante los años 60’s. Una de las conclusiones de la autora es que mientras estas políticas del Estado de bienestar tenían como fin incrementar la igualdad social en una sociedad tan polarizada como la de Estados Unidos, las mismas se vieron sesgadas por una visión racista sobre el papel de la comunidad afroamericana en los desórdenes urbanos. Esta percepción prejuiciada se materializó en una serie de legislación, como la Law Enforcement Assistance Act de 1965, que facultó e incentivó la militarización de las policías locales y la proliferación de prisiones a lo largo y ancho de todo el país. Según Hinton, de esta forma se crearon las condiciones para una Política criminal –incentivada a nivel federal- que criminalizó comunidades afroamericanas de escasos recursos. Ya en la década de 1980, en plena época donde se materializan las políticas neoliberales, la pobreza y la inequidad social se combatían directamente con las normas penales y mediante la criminalización de las comunidades afroamericanas de escasos recursos. No obstante, el caldo de cultivo de esta apoteosis de la norma penal contra la comunidad afroamericana no comenzó en las administraciones republicanas-conservadoras, sino en las propias administraciones liberales-demócratas.
In Memoriam Lcdo. Benigno Alicea Alicea
In Memoriam Lcdo. Benigno Alicea Alicea
(1937-2016)
Lamentamos profundamente el deceso de quien fuera Director Ejecutivo de la Sociedad para Asistencia Legal de Puerto Rico, el Lcdo. Benigno Alicea Alicea. En su extensa carrera al servicio de los sectores más desventajados de nuestro país, el licenciado Alicea Alicea se destacó por ser, desde sus inicios profesionales, asesor legal de la División de Apelaciones de nuestra organización durante los años 1972 a 1974. Posteriormente, desde 1974 al 1979 dirigió la misma, siendo nombrado ese último año Director Ejecutivo de la Sociedad para Asistencia Legal, puesto que ocupó hasta 1995. También se distinguió por ser miembro de la Junta Examinadora de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía, entidad adscrita al Tribunal Supremo de Puerto Rico. Entre esos veintitrés años de labores en nuestra institución, el licenciado Alicea Alicea fue el abogado apelativo de múltiples e importantes casos que sentaron jurisprudencia en nuestra jurisdicción.
Algunos de ellos son los siguientes: Pueblo v. Cruz, 101 D.P.R. 803 (1973) (sobre el alcance de la prueba circunstancial en casos de sustancias controladas); Pueblo v. Hernández García, 102 D.P.R. 506 (1974) (descubrimiento de prueba exculpatoria); Pueblo v. Suárez Sánchez, 103 D.P.R. 10 (1974) (identificación); Pueblo v. Sulman, 103 D.P.R. 429 (1975) (homicidio voluntario mediante arrebato de cólera); Pueblo v. Acosta Escobar, 101 D.P.R. 886 (1974) (citación de confidente participante en transacciones encubiertas); Correa Negrón v. Pueblo de Puerto Rico, 104 D.P.R. 286 (1975) (auto de habeas corpus y coram nobis); Martínez Rivera v. Tribunal Superior, 101 D.P.R. 900 (1974) (auto de habeas corpus); Pueblo v. Cancel Peraza, 106 D.P.R. 28 (1977) (nuevo juicio); Pueblo v. Torres Cruz, 105 D.P.R. 914 (1977) (restitución del derecho a juicio por jurado luego de renunciado el mismo); Pueblo v. Álvarez Rosario, 108 D.P.R. 112 (1978) (limitaciones a la impugnación de la persona acusada como testigo); Pueblo v. Peterson Pietersz, 107 D.P.R. 172 (1978) (identificación); Pueblo v. Báez Cartagena, 108 D.P.R. 381 (1979) (doble exposición y concurso de delitos); Pueblo v. Colón Mendoza, 149 D.P.R. 630 (1999) (delito continuado).
Documental “13th” (Netflix): reseña del periódico The Guardian
Compartimos a continuación una reseña publicada por el diario británico The Guardian sobre el documental "13th", de Ava DuVernay (directora también de la película Selma (2014)). Éste aborda de forma crítica y bien fundamentada el origen racista y esclavista del sistema penitenciario de Estados Unidos, el cual, según concluye el trabajo, se encuentra en la base misma de la masificación carcelaria que ha vivido el país desde la década de 1970 hasta nuestros días. En efecto, se abordan las grietas y contradicciones de la política criminal estadounidense para desvelar cómo los sectores raciales más desventajados, en particular la comunidad afroamericana, han sufrido los embates estructurales desde la esclavitud legal hasta el trabajo ínfimamente remunerado en las prisiones. El vínculo corporativo privado con este esquema de exclusión de personas en la sociedad es decisivo para entender el porqué de las orientaciones políticocriminales que perpetúan un sistema de explotación peligrosamente legal. El documental es un aporte importante para entender nuestro sistema carcelario actual y a quiénes está realmente dirigido. Reproducimos la reseña del mismo a continuación.
Like most middle-class white liberals, I am concerned with the issue of racial inequality, but tend to assuage my feelings of anger, guilt and impotence with the sentiment that things are getting better. I mean, we have a two-term black president, right? Ava DuVernay’s documentary 13th is an articulate, no-nonsense cup of iced water splashed in my face telling me to wake the fuck up.
“Prisons are the new plantations!” may seem like sloganeering from a far-left protestor, but DuVernay’s effective film draws a strong, straight line from the abolition of slavery to today’s mass incarceration epidemic, explaining its root cause: money. Cheap prison labour is knotted up in the US economy in many unexpected ways, and the system is designed to get black men into jails early and often.
Reportaje sobre la precaria situación de la comunidad sorda en Puerto Rico
Como parte del mes internacional de la persona sorda, el Equipo T de Telemundo Puerto Rico (grupo de periodismo investigativo) dedicó una serie investigativa sobre la invisibilización de la comunidad de sordos y sordas en la Isla. Participaron en este reportaje varios abogados y abogadas de la Sociedad para Asistencia Legal que desarrollan y colaboran con el proyecto piloto conocido como SAL por los Sordos (Programa de Servicios Orientados a la Representación y Defensa de los Sordos y Sordas). Como saben, este grupo pretende visibilizar e intentar mitigar los graves problemas normativos y prácticos que la comunidad sorda de Puerto Rico enfrenta cuando se expone a procesos judiciales, principalmente en el ámbito jurídicopenal. Gran parte del reportaje antes mencionado versó sobre el trabajo imperativo de adecuar nuestras prácticas jurídicas a las necesidades de las personas sordas. Este es un trabajo que nos compete a todos los agentes del Derecho, más aún si nos desempeñamos como tales en una institución de servicio público como la Sociedad para Asistencia Legal. Esperamos que les sea grato el reportaje que sugerimos a continuación. Éste está dividio en tres partes y se titula "Cuando el silencio habla".
El fraude de etiquetas en la clasificación del Registro de Ofensores Sexuales como “medida no punitiva”, 85 Rev. Jur. U.P.R. 169 (2016)
Recomendamos la siguiente monografía de la compañera y profesora Iris Rosario Nieves. Ésta se publicó en el Volumen 85 de la Revista Jurídica de la Universidad de Puerto Rico. Acompañamos la descripción del escrito que la propia Revista realizó al momento de publicarlo de forma digital.
"La profesora Rosario Nieves argumenta que el Registro de Ofensores Sexuales es una medida de seguridad de la escuela positivista que no se asemeja a las medidas que reconoce nuestro Derecho Penal y contrario al mandato constitucional de procurar la rehabilitación del convicto y no meramente eliminar la peligrosidad en la sociedad. La profesora analiza el caso de Pueblo v. Hernández Colón, en el que se reconoció que el Registro es una medida de seguridad. Luego resume la influencia del positivismo criminológico en el mundo occidental durante el siglo XIX. Por último, describe las leyes del Registro en Puerto Rico para identificar los conceptos discursivos que demuestran que el Registro es una medida de seguridad acumulativa. Dado que el Registro es una medida de seguridad sui generis, cuya legitimidad no ha sido cuestionada por el Tribunal Supremo, el Derecho Penal debe encargarse, por lo menos, de etiquetarlo como tal, descorriendo el fraude de etiquetas y teorizando en cuanto a sus límites y contradicciones".
Se puede acceder gratuitamente al escrito en la siguiente dirección: http://revistajuridica.uprrp.edu/2016/05/17/el-fraude-de-etiquetas-en-la-clasificacion-del-registro-de-ofensores-sexuales-como-medida-no-punitiva/
Opinion analysis: Setback for Puerto Rico’s independent powers (SCOTUS blog)
Compartimos el análisis que realizó Lyle Denninston, del blog del Tribunal Supremo de Estados Unidos, justo después de haberse emitido Puerto Rico v. Sánchez Valle, 579 U.S. ____ 2016. Dicha decisión (6-2), suscrita por la Jueza Asociada Kagan, confirmó la decisión del Tribunal Supremo de Puerto Rico en Pueblo v. Sánchez Valle, 2015 TSPR 25. Mediante esta última determinación, el Tribunal Supremo de Puerto Rico aocogió la postura de la Sociedad para Asistencia Legal en tanto que procesar penalmente a una persona por los mismos delitos, tanto en la jurisdicción federal como estatal, infringía la prohibición constitucional de doble exposición. A continuación el pronto análisis de la determinación del Tribunal Supremo de Estados Unidos sobre esta importante controversia.
Analysis
Amid a lofty discussion of what the Constitution says about “sovereignty,” a divided Supreme Court ruled on Thursday that Puerto Rico does not have independent authority to prosecute someone for the same crime that has been charged in federal court. The argument appears to diminish the constitutional stature that the Puerto Rican government thought it has had for nearly seven decades.
The Court’s six-to-two ruling in Puerto Rico v. Sanchez Valle also raised questions about what the commonwealth can do to reduce its massive public debt. The Court, of course, is explicitly pondering that authority in a separate case (Puerto Rico v. Franklin California Tax-Free Trust), and a decision in that case is expected soon, but the outcome there might be influenced by Thursday’s ruling.
Revista Umbral de la Universidad de Puerto Rico: número dedicado a la cárcel
Compartimos el número más reciente de la Revista Umbral, publicación de la Facultad de Estudios Generales del Recinto de Río Piedras, Universidad de Puerto Rico. Ésta cuenta con monografías, escritos y reseñas sobre la figura de la prisión en nuestros tiempos. La edición del número estuvo a cargo de la Dra. Edna Benítez. La descripción de la publicación es la siguiente:
"“La cárcel es el medio donde los hábitos y deformidades de la sociedad “libre” cobran, simplemente, mayor nitidez.” Rita Segato
El Número 11 de la Revista Umbral está dedicado, en su sección temática, a la cárcel. Con la modernidad llegó el encierro como mecanismo para enajenar/disciplinar a las poblaciones/sujetos "indeseables". Y con el encierro vino la cárcel. Una cárcel que es espacio físico, con su particular y específica arquitectura. Es, además, una cárcel de la que se desbordan y multiplican significados y significantes, entre los cuales hay que destacar los que giran en torno a la privación de libertades como método de ‘normalización’ de sujetos transgresores. La cárcel es también espacio doméstico, social, económico, de un amplio grupo de personas en el que se incluyen confinados/as, guardias penales, trabajadores/as sociales, administradores/as, familiares que llegan los días de visitas, son personas relacionadas entre sí y vinculadas con el encierro en grados y formas diversas. Esa cárcel que surgió como castigo ha fracasado en sus intentos de convertirse en espacio de corrección/rehabilitación. Es pertinente reflexionar sobre el encierro como castigo y la cárcel como el espacio que lo materializa. Es momento de preguntarnos sobre el sentido de ese dispositivo del poder normativo en el siglo XXI. En este sentido, se presentan manuscritos, producto de investigaciones de diversa índole con una perspectiva inter o transdisicplinaria, que abordan temas tales como los citados, pero no limitados a los mismos. Entre éstos: La cárcel como lugar y medio de resocialización, alternativas a la prisión, encarcelamiento y justicia, confinamiento y derecho(s), el derecho a la educación y acceso a la cultura en el ámbito carcelario, el encarcelamiento y la rehabilitación vista desde una perspectiva de género, la masculinidad y la cárcel, el tiempo, la vida y el encarcelamiento humano, la prisión como espacio de desviación respecto a los mandatos normativos, la historicidad de las formas de castigo, la privatización de las cárceles o la industria penitenciaria."
In memoriam Peter Ortiz Gustafson
Nos llega la noticia triste de que falleció a los 84 años el Lcdo. Peter Ortiz Gustafson, quien luego de una distinguida carrera como Juez Superior, formó parte del Tribunal Supremo de Puerto Rico entre los años de 1985 al 1990.
El que me conoce sabe que no acostumbro lamentar el fallecimiento de un juez porque haya sido juez. Por el contrario, sigo el decir del icónico abogado defensor norteamericano Clarence Darrow, quien afirmó en una ocasión: “Nunca he matado a nadie, pero no niego que hay algunas esquelas que he leído con auténtico placer.”
Peter Ortiz era diferente. Su ausencia nos entristece de veras porque al recordarle se pone de manifiesto que fue claro exponente de virtudes que desesperadamente hacen falta en la judicatura de hoy. Como juez superior, tanto en lo civil como en lo criminal, Ortiz dispensaba un trato afable y reposado a todas las partes y sus abogados. Era respetuoso, comedido y prudente. Nunca tenía prisa. Nadie podía imaginar que detrás de ese continente pausado y tranquilo trabajaba una ilustrada inteligencia que manejaba sin esfuerzo aparente una acendrada cultura jurídica. Más importante, Ortiz era un juez que tenía mucha, pero mucha “calle”. Esa abundante experiencia en la vida suavizó a un pulido muy fino su sensibilidad jurídica. El que tratara de pasarle gato por liebre invariablemente descubría, a veces dolorosamente, esa faceta. Simplemente era un buen juez que quería hacer las cosas bien.
Prison gerrymandering: incarceration weakens vulnerable voting communities
One person equals one vote: seems simple enough. Unfortunately, that hasn’t worked out for many Americans throughout history, specifically women and people of color. There is a long tradition of denying women, people with low incomes and people of color their vote in America, most recently in the form of a poll tax that, in an increasing number of states, requires a state-issued photo ID in order to vote. The situation can seem insurmountable.
But there is something President Obama can do, right now, that could make huge strides towards fixing one aspect of longstanding disenfranchisement. We could end the practice of prison gerrymandering, or including prisoners in the US census where they are imprisoned rather than where they lived before incarceration.
This practice transfers the voting power of millions of mostly urban black and brown people to overwhelmingly white and rural districts, an all-out plunder of the political power of black and brown communities. They are counted in the population in the districts where their prisons are even though convicted felons are banned from voting.
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But prison gerrymandering allows us to normalize a process which denies representation – and humanity – to millions of people. People in prison have children, parents, siblings, friends and communities who need them, who need services in their absence, and who deserve to be counted.